El equipo de Gabinete Jurídico de Urbanismo y Medio Ambiente celebró el pasado 30 de septiembre en la sede de CEIM, la jornada “Ley LIDER: nuevo paradigma del sistema urbanístico madrileño” en la que compartimos nuestra visión sobre los retos y oportunidades que presenta la futura Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado de la Región.
Manuel Fernández, Elvira Fernández García, Víctor Falcón Soria y Margarita Fernández García, analizaron las principales novedades del Proyecto de Ley y sus posibles consecuencias jurídicas, especialmente en lo que se refiere a la ordenación del territorio, la clasificación del suelo, el nuevo sistema de planeamiento urbanístico, los informes sectoriales y la evaluación ambiental.
Se abordaron, desde una visión transversal y práctica, las cuestiones clave que presenta el nuevo sistema urbanístico y territorial regional a las que se enfrentará cualquier operador del sector urbanístico e inmobiliario madrileño.
La apertura de la jornada estuvo a cargo de Marta Salazar, Directora del Departamento de Economía y Competitividad de CEIM, quien destacó la importancia de la temática de la jornada por la relevancia del Proyecto de Ley recalcando asimismo la idoneidad de la fecha de la jornada al haberse iniciado ya la tramitación parlamentaria en la Asamblea de Madrid cuyo plazo de presentación de enmiendas finaliza el día 2 de octubre.
Manuel Fernández, Socio Fundador de Gabinete Jurídico de Urbanismo y Medio Ambiente, expuso el marco general en el que se encuentra la ordenación territorial y urbanística en la actualidad. El objetivo principal de la jornada era el análisis del nuevo modelo propuesto en el Proyecto de Ley, para comprenderlo en profundidad, identificar las oportunidades que ofrece y los riesgos que entraña para el sector.
Recalcó la especial relevancia de esta propuesta de ley por el novedoso modelo planteado, un “cambio de paradigma” cuyo principal reto será el equilibrio entre la mayor flexibilidad y la simplificación administrativa sin con ello perjudicar la necesaria seguridad jurídica.
Durante su intervención, Manuel Fernández rindió homenaje a D. Javier DelgadoBarrio, recientemente fallecido, destacando su importante contribución a la doctrina sobre la discrecionalidad del planeamiento: “Cuánto mayor es el ámbito de decisión de la Administración, mayor debe ser también la exigencia de motivación y justificación racional de sus decisiones”.
Asimismo, Manuel Fernández, habló de la fuerte “medioambientalización” del urbanismo y la ordenación del territorio, sin la cual no pueden entenderse actualmente estas materias. La protección del medio ambiente se incorpora en el Proyecto de la LIDER de forma transversal respondiendo al nuevo enfoque integrador de las políticas urbanísticas para conseguir que ordenación del territorio, urbanismo y medioambiente funcionen verdaderamente como un único sistema que articule de forma coherente el desarrollo residencial, la actividad económica y la protección ambiental.
Ordenación del territorio y urbanismo, integradas en una sola ley
Margarita Fernández, abogada urbanista y ambiental, abordó como la futura Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado de la Región (LIDER) deroga la Ley 9/1995, de Medidas de Política Territorial, Suelo y Urbanismo, y la Ley 9/2001, del Suelo para integrar en un modelo territorial común las políticas públicas: Urbanísticas, Ambientales, Movilidad, Infraestructuras, Energía y Agua.
El proyecto de LIDER desarrolla dos Instrumentos Supramunicipales inspirados en la legislación valenciana (TRLOTUP, DLeg. 1/2021).
- Estrategia Territorial: Instrumento director de la ordenación estructural del territorio regional.
- Planes Territoriales: Desarrollan la Estrategia en ámbitos supramunicipales o sectoriales.
El contenido de dichos instrumentos incluye normas de aplicación directa, directrices vinculantes en objetivos pero flexibles en su aplicación material y recomendaciones determinaciones no vinculantes. En ellos, la “dimensión ambiental” adquiere una mayor relevancia al integrarse en la definición misma del modelo territorial dejando de ser un mero condicionante sectorial.
Otro instrumento que también se renueva son los Planes Estratégicos Municipales (PEM) que pasan a tener naturaleza mixta, territorial y urbanística.
La ordenación territorial ha de adquirir una posición previa respecto de la ordenación urbanística, implementándose a escala regional y supramunicipal, centralizando la decisión y la coordinación de las grandes decisiones que estructuran y vertebran el territorio. Así se decide primero territorialmente, el dónde y cómo debe funcionar la región, para después permitir que el urbanismo municipal ordene su territorio dentro de ese marco supramunicipal o regional previamente definido.
En cuanto a los Proyectos de Alcance Regional (PAR), el Proyecto de LIDER amplia su alcance a “obras, construcciones o instalaciones, incluida la urbanización complementaria que precisen, que sirvan de soporte a servicios públicos, dotaciones, equipamientos, así como aquellas vinculadas a actuaciones de interés territorial en materia de vivienda que contemplen la ejecución de viviendas sometidas a algún régimen de protección pública”.
Y se permite asimismo su aprobación independiente o parcial, es decir, la ordenación contenida en el PAR, así como los proyectos que conforman el mismo podrán ser aprobados de manera independiente. Igualmente, el Proyecto de Alcance Regional podrá ser aprobado de manera parcial siempre que existan en el mismo fases o unidades funcionales susceptibles de ejecución o puesta en funcionamiento independiente.
El nuevo sistema de planeamiento urbanístico. Una reforma integral del ordenamiento urbanístico
Elvira Fernández, arquitecta urbanista, expuso el nuevo sistema de clasificación del suelo contenido en el Proyecto de LIDER, inspirado en la actual Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) y, cuyo objetivo es hacer coincidir las clases de suelo con las situaciones básicas del TRLSRU 2015: situación básica de rural y de urbanizado.
Se definen así las tres nuevas clases de suelo: suelo urbanizado, suelo rural no protegido y suelo rural protegido.
Siendo especialmente relevante, la regla establecida en la disposición transitoria 3ª del Proyecto de LIDER, del plazo los 5 años de asimilación del actual suelo urbano no consolidado (SUNC) o suelo urbanizable sectorizado con ordenación pormenorizada aprobada al suelo rural no protegido si no inicia su gestión o urbanización.
En cuanto a los instrumentos de planeamiento urbanístico, el Proyecto de LIDER introduce grandes novedades, en cuanto a la relación entre los planes que predica, fundamentada en el principio de competencia y la materia, al objeto de evitar subordinaciones y preservar la autonomía funcional de cada instrumento, y eliminar el principio de jerarquía normativa que rige actualmente.
Se simplifica de manera significativa los tipos de planes urbanísticos, reduciéndolos a únicamente dos instrumentos: el Plan Estratégico Municipal y el Plan Ejecutivo. El Plan Estratégico Municipal, instrumento de naturaleza mixta que definirá el modelo general y las directrices estratégicas del municipio, mientras que el Plan Ejecutivo se configura como el único instrumento operativo, facultado para introducir cualquier modificación en la ordenación urbanística vigente y para llevar a cabo actuaciones de transformación urbanística en cualquier clase de suelo.
Este sistema innovador, basado en la articulación entre el Plan Estratégico Municipal, el Plan Ejecutivo y las ordenanzas urbanísticas municipales, se articula con el objetivo de permitir a los municipios una gestión adecuada y eficaz de su normativa urbanística. Las ordenanzas urbanísticas municipales, configuradas en el Proyecto de la LIDER como instrumentos complementarios, están pensadas para completar las determinaciones que no deban formar parte de los planes, regulando aspectos esenciales como condiciones de urbanización, edificación, usos y estética.
Especialmente relevante es en este aspecto el régimen transitorio del planeamiento existente y en tramitación que tendrá una altísima incidencia para todos los operadores del sector urbanístico y que hará necesario un análisis pormenorizado de cada uno de los casos y de las posibles situaciones que se darán en ellos una vez aprobada la LIDER.
Nuevo régimen de los informes sectoriales
Víctor Falcón Soria, abogado urbanista y ambiental, analizó el nuevo régimen jurídico de los informes sectoriales que deben emitirse durante la tramitación de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, al margen de la declaración ambiental estratégica que, pese a ser también un informe preceptivo y vinculante, cuenta con su propio tratamiento específico.
Para los informes autonómicos, el Proyecto de LIDER fija un plazo único de tres meses con silencio positivo (salvo en materia de dominio público) y exige que los informes desfavorables lo indiquen de forma expresa y motivada y se ciñan a la competencia del órgano informante. Víctor Falcón advirtió que el plazo y el silencio ya figuraban en la legislación sectorial autonómica tras la Ley 2/2026, y que pretender imponerlos sobre futuras leyes sectoriales anticipa conflictos normativos.
Asimismo, incidió en el supuesto de falta de informe (arts. 10.8 y 10.9): a diferencia de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, que impide continuar sin él, la LIDER permite aprobar el instrumento en todo lo no afectado por el informe ausente, una aprobación parcial que genera una notable inseguridad jurídica. Destacó también la Aceleradora Urbanística (art. 321), que centralizará la solicitud de los informes y emitirá un informe único de afecciones sectoriales en los instrumentos de competencia autonómica y en los Planes Estratégicos Municipales.
En materia de evaluación ambiental, el Proyecto se remite a la Ley 21/2013, pero apuesta por tramitar de forma coordinada y simultánea los procedimientos urbanísticos y ambientales. Como novedad, atribuye a los municipios de 75.000 o más habitantes la condición de órgano ambiental en las evaluaciones simplificadas.
Desde Gabinete Jurídico de Urbanismo y Medio Ambiente agradecemos a CEIM la iniciativa e invitación para la celebración de esta jornada, así como la activa participación e interés mostrado por todos los asistentes.
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